Casación avala la retroactividad de la Ley de Inocencia Fiscal

La Cámara Federal de Casación Penal avaló la aplicación retroactiva de la ley de inocencia fiscal y dejó sin efecto una causa por presunta evasión, en un fallo que puede impactar en otros expedientes abiertos por delitos tributarios.

En la resolución, el máximo tribunal penal convalidó que la ley de inocencia fiscal se aplique a hechos anteriores a su sanción, al considerar que se trata de una norma más benigna para los contribuyentes alcanzados por investigaciones de evasión.

Con este criterio, la Cámara de Casación sobreseyó a un imputado por evasión tributaria al entender que, bajo la nueva normativa, la conducta atribuida ya no encuadra como delito penal. El fallo sienta un precedente que podría ser invocado por otros acusados en causas similares.

Un precedente que puede alcanzar a causas resonantes

La decisión deja abierta la puerta para que dirigentes y entidades investigadas por presuntas maniobras fiscales pidan la revisión de sus procesos. Entre los nombres que podrían intentar ampararse en este criterio se mencionan a Claudio Tapia, Pablo Toviggino y a la propia Asociación del Fútbol Argentino (AFA).

La doctrina fijada por Casación refuerza la idea de que, en materia penal económica, los jueces deben aplicar la ley más favorable al acusado, incluso cuando se sanciona con posterioridad a los hechos que originaron la causa.

Especialistas en derecho tributario advierten que el alcance práctico de esta interpretación dependerá de cada expediente, pero reconocen que el fallo abre una vía concreta para que numerosos contribuyentes reclamen el cierre de investigaciones por evasión.

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