La reforma del Impuesto a las Ganancias es ley

En una sesión en la Cámara Alta con cruce de chicanas y tras cinco meses de inactividad, se aprobaron también el proyecto de Ley de Alquileres y la designación de funcionarios de la Justicia federal.

El proyecto de reforma del impuesto a las Ganancias fue aprobado ayer en el Senado nacional. Con 38 votos a favor y 27 en contra, quienes cobren haberes superiores a 15 salarios mínimos, vitales y móviles (SMVM) mensuales deberán pagar el tributo. Así, el piso del Mínimo No Imponible pasa a ser de casi dos millones de pesos. Regirá a partir de 2024.

¿Cómo votaron los legisladores?

Hubo 38 votos a favor de parte de los senadores del Frente de Todos, sus aliados y Unidad Federal; y 27 votos en contra de Juntos por el Cambio. Al momento de la aprobación, con Pablo Moyano y Sergio Palazzo mirando desde los palcos junto a otros dirigentes sindicales, cantaron la Marcha Peronista.

¿Qué propone la reforma?

Se contempla la creación de un “impuesto cedular sobre los mayores ingresos del trabajo en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones de privilegio y otros”. Quienes obtengan ingresos superiores al piso, solo podrán deducir únicamente, en concepto de mínimo no imponible, la suma equivalente a 180 salarios mínimos.

En el caso de los mayores haberes a 15 salarios mínimos vitales y móviles, las alícuotas irán desde el 27% hasta el 35%. El comienzo del periodo fiscal se fijó para el 1 de enero, y la actualización será con el SMVM al 1 de julio de cada año fiscal.

Algunas diferencias

En el caso de los trabajadores en relación de dependencia, y jubilados y pensionados comprendidos en el impuesto que vivan en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego y el partido de Patagones, en Buenos Aires, el mínimo no imponible se incrementará en un 22%.

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