Este jueves, el Gobierno nacional ratificó que los salones y establecimientos en eventos privados no paguen a SADAIC. Los detalles.
A través de un documento redactado por el Ministerio de Justicia, se informó que los salones que pasen música en eventos privados no deberán pagar los derechos de autor ala Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (SADAIC).
Allí se comunicó que en esos casos “no corresponde” que cobren derechos de ejecución.
En un documento de dos páginas redactado por el Ministerio de Justicia, se le informó a SADAIC, entre otras sociedades que “no existe representación o ejecución pública cuando la misma se desarrolla en un ámbito privado, sea éste de ocupación permanente o temporal”.
Detallaron que sin importar si es una “obra musical o cinematográfica, discos, films sonoros, transmisiones radiotelefónicas y su retransmisión o difusión por altavoces la que se efectúe por ejecutantes o por cantantes, así como también la que se realice por medios mecánicos, electrónicos o digitales, incluyendo internet”.
Dadas las muchas consultas recibidas, comparto aquí la carta que el Ministro de Justicia @m_cuneolibarona envió a las sociedades de gestión colectiva de derechos (SGCD) explicando por qué no corresponde que cobren derechos de ejecución (por pasar música) en fiestas privadas. Si… pic.twitter.com/McycIJUYni
— Fede Sturzenegger (@fedesturze) November 21, 2024
Se define a “ámbito privado” como los domicilios particulares u otros equivalente, y también a aquellos lugares privados de acceso público, cuyo ingreso se encuentre restringido tras el desarrollo de eventos en condiciones de privacidad y reserva.
A través de su cuenta de X, el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, indicó que hay ejecución pública solo cuando se produce en ámbitos de acceso abierto y libre.
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