Cambios en la administración y gestión de derechos de autor

El Gobierno confirmó cambios en la administración y gestión de derechos de autor, a través de la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (SADAIC).

El Gobierno nacional confirmó cambios en la gestión de los derechos de autor a través de la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (SADAIC). Reconoce a SADAIC como asociación civil de creadores musicales y dispone que “no podrá intervenir sin autorización del autor y/o compositor en la celebración de acuerdos particulares entre autores y/o compositores argentinos y extranjeros y personas humanas o jurídicas que quieran explotar su producción”. Además, únicamente podrá cobrar “por los usos que hayan sido objeto de acuerdos en los que haya participado”.

Asimismo, estableció la creación de una Auditoría de Fiscalización y Planillas. Su responsable tendrá voz -pero no voto- en la reuniones del Directorio de SADAIC.

Cambios en la administración y gestión de derechos de autor

La medida dictamina que la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (SADAIC) “estará facultada para ejercer la gestión colectiva de los derechos económicos de autores emergentes de la utilización de obras musicales y literarias musicalizadas, cualesquiera sea el medio y las modalidades, cuyos titulares le hayan otorgado mandato”. En tanto, dispuso que “no podrá intervenir sin autorización del autor y/o compositor” en acuerdos particulares. Solo podrá cobrar los usos que hayan sido objeto de acuerdos en los que haya participado.

Asimismo, el Ejecutivo facultó a la sociedad para “coordinar procedimientos de recaudación y administración con otras sociedades de autores del mismo o de distinto género”. También podrá hacerlo con “entidades de actividad conexa y con el Fondo Nacional de las Artes, organismo descentralizado actualmente en la órbita de la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación.

Además, el Gobierno autorizó a SADAIC a:

  • Determinar las condiciones a que se ajustarán los usuarios para utilización de las obras
  • Acordar aranceles
  • Controlar los ingresos, boleterías, taquillas y demás valores y modalidades que se determinen para la determinación de los aranceles

Creó también la Auditoría de Fiscalización y planillas. El auditor dependerá del Ministerio de Justicia y durará cuatro años en el ejercicio de sus funciones. Este cargo será incompatible con cualquier actividad que afecte o esté relacionada con los intereses de la Asociación o de los socios, en su calidad de autores o del derecho de autor. Será designado por el ministro Mariano Cúneo Libarona y tendrá a cargo esta auditoría. Se estableció que “asistirá obligatoriamente a las reuniones del Directorio de la Sociedad de Autores y Compositores de Música, con voz pero sin voto”.

Aranceles transitorios del SADAIC

La gestión libertaria confirmó también una “disposición transitoria” de los aranceles. Será hasta que “la Auditoría de Aplicación” fije los máximos. Se mantendrán, entonces, las siguientes proporciones:

  • 20% de los ingresos, cuando se trate de actos o espectáculos para los que se cobre entrada, se perciban valores equivalentes a dicho cobro o este sea propio de su naturaleza. Los organizadores no podrán invocar la entrega de entradas gratuitas ni la gratuidad del acto o espectáculo.
  • 15% de los ingresos, cuando se trate de actos o espectáculos no comprendidos en el inciso anterior.
  • 10% de los ingresos, tarifas o montos globales o parciales de las radiodifusoras, teledifusoras, sus retransmisiones y grabaciones en “video-tape”, de los productos fonográficos de discos, cintas y sus similares, de las publicaciones gráficas y de la exhibición de películas.
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