Sumado a los dos fallos de la Cámara Nacional del Trabajo (uno a favor de la CGT y otro de la CTA), este es el tercer fallo que suspende las reformas laborales en el DNU.
Por solicitud de la Federación Única de Viajantes de Comercio de Argentina (FUVA), la jueza laboral Silvia Garzini aprobó su medida cautelar y suspendió las reformas laborales incluidas en el DNU de Javier Milei.
Sumado a los dos fallos de la Cámara Nacional del Trabajo (uno a favor de la CGT y otro de la CTA), este es el tercer fallo que suspende las reformas laborales en el DNU.
Ahora se espera que el Gobierno Nacional apele el fallo de la Cámara ante la Corte Suprema de Justicia.
El motivo
La Federación Única de Viajantes de Comercio de Argentina (FUVA) entendía que el DNU limita la organización colectiva de los trabajadores, y elimina la categoría de trabajadores como son los viajantes vendedores, por la eliminación del Estatuto del viajante contemplado en la ley 14.546.
La norma “fue dictada a fin de regular una actividad con modalidades específicas, y ha sido, a lo largo de estos años, respetada por las partes involucradas en la relación, sin que, ‘prima facie’, se avizore en los considerandos del decreto cuestionado que la especialidad del régimen que regula la actividad del viajante de comercio pudiera de forma trascendental afectar en materia social y/o económica, al extremo de haber sido derogada mediante un decreto de necesidad y urgencia”, dice la jueza en su fallo.
“Teniendo en cuenta lo hasta aquí expuesto, la derogación de la ley 14.546, como así también la modificación y derogación de las restantes normas en cuanto resulten de aplicación al conjunto de trabajadores y a la entidad gremial aquí agraviados, comprobados los requisitos de admisibilidad en cuanto a la cautela pretendida, y en consonancia con lo ya resuelto por la distinguida Sala de Feria en el precedente antes citado” es que falla y aprueba la cautelar.
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