Resultaron electos presidentes comunales dos candidatos que habían perdido la elección. Sucedió en el deparatamento Vera.
Maximiliano Pullaro, gobernador de Santa Fe, intervino dos localidades del norte provincial por casos de transfuguismo que cambiaron los resultados electorales. Se trata de las localidades de Golondrina y Cañada Ombú, del departamento Vera, ambas con menos de 1.500 habitantes.
¿Qué sucedió?
Las comisiones comunales de esas localidades están conformadas por tres integrantes, dos por la mayoría uno por la minoría. Esos tres integrantes eligen al presidente comunal. Si uno de los dos integrantes de la mayoría decide cambiar su voto y votar por la oposición, aunque este haya obtenido menos votos en las urnas sería consagrado como presidente comunal.
En Golondrina
Aurelio Guillermo Andreu, de Unidos para Cambiar Santa Fe, denunció que el 13 de diciembre pasado su compañera de fórmula, Iza Abigail Nair, votó por el representante de la minoría, Diego Báez, quien resultó electo presidente comunal.
En Cañada Ombú
Armando Quintana, de Juntos Avancemos, denunció que su compañera de lista, Natalia Soledad Ibáñez, votó como presidente comunal al candidato electo por la minoría, Diego Speranza.
La intervención del gobernador
El gobernador y el ministro de Gobierno Fabián Bastía firmaron dos decretos de intervención. Allí argumentan que “es preciso indicar que a partir de la reforma constitucional de 1994 la relevancia de los partidos políticos en los procesos electorales y en la conformación de los órganos de gobierno de los distintos del estado es insoslayable, al punto que fueron elevados a la categoría de ‘instituciones fundamentales del sistema democrático’, conforme reza el artículo 38 de la Constitución Nacional”.
“Por imperativo legal, además, los partidos políticos tienen una plataforma, un programa de gobierno que es exhibido a la ciudadanía, que elige, en función de tal programa, a las personas que habrán de ejecutarlo una vez investidos en el cargo para la que fueron votados”. Por esto, los votos cambiados fueron “decididos al margen y en contra de toda consideración al status constitucional mencionado, desdeñándose así el emplazamiento de los partidos políticos como instituciones fundamentales de la democracia”, agrega.
“Corresponde entonces a este Poder Ejecutivo resguardar la institucionalidad local, respetando las estructuras de poder fundamentales del Estado constitucional de derecho resultando necesario que, para situaciones fácticas como las descriptas, se articulen las medidas que provee el ordenamiento vigente en miras a garantizar la representatividad y voluntad del pueblo como pilares fundamentales del sistema democrático”, cierra.
Según el decreto, el Poder Ejecutivo puede dictar intervenciones “en receso de la Legislatura, con cargo de dar cuenta inmediata a esta, a los solos efectos de constituir sus autoridades en caso de acefalía total, o de normalizar una situación institucional subvertida”.
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