El Juzgado Federal de Campana suspendió la medida del Gobierno que impedía a las comunas sumar tributos locales en las boletas de servicios públicos.
El Juzgado Federal de Campana, a cargo del juez Adrián González Charvay, aceptó el recurso presentado por el municipio de Pilar y suspendió la resolución 267/2024 emitida por la Secretaría de Comercio e Industria. Dicha norma prohibía a los municipios incluir tasas locales en las facturas de servicios esenciales como la energía eléctrica y el gas natural.
El municipio de Pilar fundamentó su reclamo en la ley provincial N° 10.740 y en un convenio con la empresa EDENOR, que le permite recaudar tasas municipales mediante la incorporación de estos tributos en las boletas de servicios. Además, el pedido incluyó la normativa provincial que regula la energía eléctrica y la competencia del OCEBA en la provincia de Buenos Aires.
Tras analizar el caso, el juez resolvió “hacer lugar a la medida cautelar” y suspendió los efectos de la resolución gubernamental hasta que se tome una decisión definitiva. “La medida interina tendrá vigencia hasta que se resuelva la cautelar solicitada en autos”, destacó el fallo, que además instó al Ministerio de Economía a responder dentro de tres días.
El trasfondo
La resolución 267/2024 había sido impulsada por el Ministerio de Economía y anunciada por el propio ministro, Luis Caputo, a través de sus redes sociales. Según explicó Caputo, la medida respondía a numerosas denuncias de usuarios que cuestionaban la inclusión de tasas municipales en las facturas de servicios esenciales, como la luz y el gas.
“Las facturas de estos servicios solo deben reflejar el costo del servicio contratado, prohibiendo la incorporación de cargos que no estén directamente relacionados con la prestación”, argumentó el ministro en su cuenta de X, justificando la decisión que ahora quedó en suspenso.
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