Tiene leucemia y consiguió una cautelar para que la obra social le provea el medicamento

Obtuvo una medida cautelar que ordena a su obra social proveerle de forma inmediata un medicamento oncológico. Fue luego de que la entidad experimentara un retardo en el proceso de compra del fármaco.

La demandante presentó una acción de amparo en noviembre, argumentando la necesidad urgente del medicamento para controlar el avance de su enfermedad. Por su parte, la obra social alegó que los laboratorios no estaban vendiendo el medicamento debido a la inestabilidad del país.

Se trata de Norma López. Tiene cincuenta y ocho años y ha estado recibiendo tratamiento paliativo para controlar el avance de su enfermedad. Sin embargo, el suministro del medicamento oncológico se vio interrumpido en octubre de 2023. Pese a los esfuerzos médicos, la enfermedad no ha podido detenerse y la falta de la medicación necesaria para el tratamiento de quimioterapia pone en peligro su vida.

En tanto, la obra social había suministrado el medicamento de forma mensual y correcta hasta septiembre de 2023. No obstante, a partir de octubre, el fármaco estaba “en proceso de compra”, lo que llevó a la mujer a recurrir a la farmacia de la obra social en busca de respuestas.

La situación se complicó cuando se enteró que el medicamento estaba disponible en el laboratorio, pero las obras sociales buscaban comprar comprimidos más baratos. Consecuentemente, la entidad de salud argumentó que la inestabilidad del país estaba afectando la disponibilidad y el precio de los medicamentos.

Acción legal y sentencia

López presentó una acción de amparo en noviembre. A mediados de enero un juez federal ordenó una medida cautelar para que se le provea de forma inmediata la cobertura integral del medicamento. Sin embargo, hasta la fecha, la sentencia continúa sin cumplimiento.

Ante la negativa de la obra social de brindar la prestación y su intención de apelar la cautelar, el abogado de Norma advirtió con acciones penales en caso de persistir el incumplimiento. El juez habilitó la feria judicial y ordenó a la parte demandada cumplir con lo solicitado en la presentación en despacho, bajo apercibimiento de ejecutar los montos necesarios para su cumplimiento.

A pesar de conceder el recurso de apelación interpuesto por la demandada, el juez aclaró que las actuaciones serían elevadas a la Cámara de Apelaciones Federal una vez que se acredite el cumplimiento de la cautelar ordenada.

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