ARCA actualiza montos para informar movimientos en bancos y billeteras virtuales

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó los montos por los que deben informar bancos y billeteras virtuales.

Dentro de sus funciones, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), ex AFIP, se encarga de controlar que el “nivel de gastos” u operaciones que realizan los usuarios sea similar al de sus ingresos declarados. En este sentido, el organismo indicó que se incrementaron los valores a partir de los cuales las entidades financieras y billeteras virtuales deben informar sobre operaciones, saldos y consumos.

Esta actualización de los valores, la cual es semestral y automática, está basada en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que elabora el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), según la Resolución General 5512/2024.

Estos montos comenzaron a regir desde el primer día de febrero. A partir de ahora, las entidades deben informar cuando se superen los $600.000 en total de consumos con tarjeta de débito, así como en casos de ingresos o egresos totales en billeteras virtuales. El monto asciende a $1.000.000 en el caso de:

  • Total de acreditaciones bancarias registradas en el mes calendario
  • Total de depósitos a plazo fijo constituidos en el mes calendario
  • Extracciones en efectivo, por ventanilla, cajero automático o cualquier otro medio (en el país o en el exterior)
  • Saldo final en cuentas bancarias al último día hábil de cada mes calendario
  • Saldo final en billeteras virtuales al último día hábil de cada mes calendario

Finalmente, se aplica un límite de $2.000.000 solo para billeteras virtuales, únicamente en caso de transferencias bancarias o virtuales superiores al monto. Esto no significa que no puedan operarse cifras superiores, sino que es el parámetro a partir del cual ARCA toma conocimiento del contribuyente.

Leer más
RLC Noticias de Rosario la ciudad

Comentarios