La Justicia descartó que Gianfranco Núñez haya incurrido en trata de personas

La Cámara Federal de Rosario revisó la situación del productor rosarino Gianfranco Núñez y concluyó que no hay elementos para acusarlo de trata de personas con fines de explotación sexual, aunque el expediente penal sigue abierto bajo otra figura.

La decisión de la Cámara y el nuevo encuadre del caso

Tras el análisis del expediente, la Cámara Federal de Rosario resolvió que el productor Gianfranco Núñez no cometió el delito de trata de personas con fines de explotación. Para los camaristas, el material reunido en la causa no permite sostener que existiera captación o sometimiento de las mujeres involucradas en las producciones.

Las abogadas defensoras insistieron en que se trata de pornografía para adultos, entre adultos y con consentimiento libre, una actividad que, remarcaron, no está prohibida por la legislación argentina siempre que no haya coacción, engaño ni participación de menores de edad. “El porno para adultos entre adultos con libre consentimiento no es delito”, sostuvieron, al valorar el fallo.

Sin embargo, Núñez continúa detenido. La causa avanzará ahora bajo una imputación diferente: “promoción y facilitación de la prostitución ajena”, figura que sí está prevista en el Código Penal. Hasta el momento no trascendieron los detalles concretos de esa acusación ni qué conductas específicas se le atribuyen al productor.

El planteo de la defensa y el impacto del fallo

Para las letradas que representan a Núñez, la resolución de la Cámara implica un cambio de escenario. Aseguran que, al descartarse la trata de personas, “el caso se derrumbó completamente” en su hipótesis original, que lo vinculaba con una organización dedicada a la explotación sexual.

En sus presentaciones, la defensa señaló que las mujeres que participaron en los contenidos eran mayores de edad, que habían prestado su consentimiento y que percibían un pago por su trabajo. En esa línea, remarcaron que la producción de material erótico o pornográfico, en el marco de acuerdos privados y sin delitos asociados, no configura por sí misma un hecho penal.

La Cámara Federal recogió parte de esos argumentos al descartar la figura de trata de personas, una de las más graves del sistema penal argentino, que prevé penas elevadas cuando se acredita la explotación mediante engaño, violencia o abuso de vulnerabilidad.

Qué sigue en la investigación contra el productor rosarino

Más allá del revés para la acusación original, Núñez seguirá detenido mientras avance la investigación por promoción y facilitación de la prostitución ajena. Esa calificación implica que la Justicia deberá determinar si, además de producir contenidos pornográficos, existió algún tipo de intermediación o beneficio económico ligado a la prostitución de terceras personas.

Por ahora, se desconocen los pormenores de esa imputación y qué elementos valoró el juzgado de primera instancia para mantener la medida de coerción sobre el productor rosarino. La defensa adelantó que insistirá en pedidos de revisión y en la nulidad de los cargos, apoyada en el reciente fallo de la Cámara.

El caso vuelve a poner en debate los límites legales entre la industria del contenido para adultos y los delitos de explotación sexual, así como el rol del consentimiento y las condiciones de trabajo en estas producciones.

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