Un sanatorio y dos médicos deberán pagar una indemnización millonaria por mala praxis

Un sanatorio y dos médicos de Rosario deberán pagar una indemnización millonaria a un paciente quien perdió parcialmente la visión por mala praxis.

El juez Marcelo Quiroga condenó a un sanatorio y dos médicos a pagar una indemnización millonaria por mala praxis. Deberán otorgarle al paciente cerca de $30.000.000 por pérdida de chance. Se trata de un tipo de indemnización que apunta a la compensación por la frustración de una probabilidad real de obtener un beneficio a futuro.

Junto con la abogada María Marta Gilardone, el paciente inició una demanda contra el sanatorio y dos profesionales. Pretendía la indemnización de los daños y perjuicios que sufrió por la mala praxis.

De acuerdo a lo que se conoció, el joven de treinta y dos años llegó a la guardia de un sanatorio de zona oeste en noviembre de 2021. Tenía una esquirla de acero en el ojo derecho que le saltó al ojo mientras usaba un martillo. Fue revisado por un médico que, tras consultar telefónicamente a un oftalmólogo, le sugirió que acuda a ver a ese mismo profesional a su clínica privada. En tanto, le recetaron gotas de antibióticos y antiinflamatorias.

Días después acudió a la consulta y le realizaron una ecografía. Allí se constató un cuerpo extraño intraocular, hemorragia, desprendimiento de retina, entre otras cosas. Padecía además infección, dolor y pérdida parcial de la visión.

Un sanatorio y dos médicos deberán pagar una indemnización millonaria por mala praxis

Ante esta situación, los doctores recomendaron que debía operarse. Y una vez hecha, el paciente sufrió la pérdida de la visión en el ojo derecho. Según informes periciales, habría sido consecuencia de mantener tantos días el cuerpo extraño en el globo ocular. Actualmente, parece una incapacidad parcial y permanente del 42% de la visión.

Al respecto, la administradora, prestadora del sanatorio, constató la demanda y sostuvo que el paciente no concurrió al hospital. Indicó que le perdieron el rastro, por lo cual se produjo un abandono del tratamiento inicial. No obstante, afirmó que el paciente había sido atendido conforme a lex artis, esto es, nivel de calidad en los servicios profesionales, en la guardia.

Por su parte, la compañía de seguros negó los hechos y los daños invocados. Tampoco se hizo cargo de la procedencia de los rubros pretendidos. Afirmó que no existe culpa ni responsabilidad de los médicos.

Los argumentos del juez

En su sentencia, el juez en lo civil y comercial Marcelo Quiroga, indicó que “conforme con las probanzas de la causa, se concluirá que el paciente no recibió atención médica adecuada el día 20 de noviembre de 2021, en el sanatorio inicial donde se atendió”. Y que esa deficitaria atención “resulta achacable a los médicos condenados”. Además, agregó que “es sabido que la historia clínica, con arreglo a la ley de derechos del paciente, debe llevarse de manera que asegure su integridad, autenticidad e inalterabilidad”.

Es importante mencionar que es un fallo de primera instancia, por lo que la sentencia no está firme y puede ser apelada por las partes.

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