La Justicia frenó la transformación del Banco Nación en sociedad anónima. Fue decisión del juez federal de La Plata Alejo Ramos Padilla.

Por decisión de Alejo Ramos Padilla, la Justicia frenó la transformación del Banco Nación en sociedad anónima. El juez federal de La Plata dictó una medida cautelar y le solicitó al Gobierno que justifique el interés público detrás de esta decisión.
En su fallo, el magistrado resolvió suspender los efectos del Decreto de Necesidad y Urgencia 116/2025 y ordenó al Estado Nacional y al Banco Nación abstenerse de cualquier acción para su implementación. Además, requirió a las autoridades demandadas que en un plazo de cinco días presenten un informe detallando el interés público que fundamenta la transformación de la entidad bancaria.
La Justicia suspendió la transformación del Banco Nación en sociedad anónima: el contexto
La decisión judicial se enmarca en una causa iniciada el 11 de junio pasado. En aquel momento se solicitó la nulidad e inconstitucionalidad de la Resolución Privativa del Directorio del Banco Nación N.º348, así como de cualquier otro acto que tenga como fin avanzar en la privatización de la entidad. La demanda fue impulsada por la Asociación Bancaria, encabezada por el diputado nacional Sergio Palazzo.
Luego, en septiembre, el mismo juez determinó que el DNU 70/2023 y la Resolución 348 del Banco Nación no autorizaban la modificación jurídica del banco, algo que solo podría realizarse mediante una ley sancionada por el Congreso. Por ello, Ramos Padilla había declarado “abstracto” el planteo de la Asociación Bancaria. Actualmente, esa decisión está en análisis por la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata.
Los fundamentos del fallo
El 19 de febrero, el Gobierno nacional firmó el DNU 116/2025, que establece la conversión del Banco Nación en una sociedad anónima bajo la Ley N.º 21.526. Asimismo, instruye al Directorio a realizar los trámites necesarios para su inscripción ante la Inspección General de Justicia. Un día después, con el expediente aún en revisión por la Cámara de Apelaciones, se presentó un pedido de “urgente dictado de una medida cautelar” para frenar la medida.
El juez argumentó que la cautelar es de carácter interino y se dicta ante “circunstancias graves y objetivamente impostergables”. Señaló que el decreto ya está vigente y habilita al Ministerio de Economía a tomar medidas que podrían derivar en una eventual privatización del banco. En este sentido, sostuvo que si no se dictara la cautelar, el cumplimiento de una futura sentencia contra la privatización podría volverse “ilusorio”.
En su resolución, el magistrado enfatizó que, aunque el DNU no declara explícitamente la privatización del Banco Nación, sí modifica su estructura jurídica de manera que podría facilitar el ingreso de capitales privados, lo que podría ser un paso previo a la venta del banco. Por ello, subrayó la necesidad de analizar esta transformación en el marco de un debido proceso judicial.
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