El Gobierno fijó por resolución un cronograma de aumentos del salario mínimo hasta agosto de 2026 y modificó el cálculo de la prestación por desempleo.

El Gobierno definió un nuevo esquema para el Salario Mínimo, Vital y Móvil que regirá entre noviembre de 2025 y agosto de 2026. Lo hizo de forma directa porque el Consejo del Salario no alcanzó acuerdos entre sindicatos y empresarios. Además, modificó el cálculo de la prestación por desempleo, que ahora toma como referencia los valores del salario mínimo.
La Secretaría de Trabajo adoptó la medida después del fracaso de la reunión del 26 de noviembre. Durante ese encuentro, las partes acercaron propuestas incompatibles y no lograron apoyos suficientes. Por ese motivo, el Ejecutivo estableció aumentos mensuales para garantizar una actualización continua del ingreso básico.
El esquema fija un piso inicial de $328.400 en noviembre de 2025 y un valor horario de $1642. Estos montos alcanzan a trabajadores bajo la Ley de Contrato de Trabajo, al personal agrario y a organismos estatales empleadores. En jornadas reducidas o modalidades especiales, los valores se aplican de manera proporcional.
El salario mínimo sube a $334.800 en diciembre, $341.000 en enero y $346.800 en febrero. Luego avanza a $352.400 en marzo, $357.800 en abril y $363.000 en mayo. En junio aumenta a $367.800, en julio a $372.400 y en agosto llega a $376.600. Las remuneraciones por hora acompañan el mismo recorrido ascendente durante los diez meses.
La resolución también redefine el seguro de desempleo. El beneficio se calcula como el 75% del salario neto más alto de los últimos seis meses trabajados. Además, queda limitado por un piso del 50% del salario mínimo vigente y por un techo equivalente al 100%. Cada tramo se aplicará en las fechas previstas y los empleadores deberán actualizar las escalas según el cronograma oficial.




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