Condenaron a un club de la ciudad por no registrar a un empleado

El hombre trabajó de caddie desde 1978 y nunca fue formalizado. La Justicia embargó las cuentas de la demandada por más de $40.000.000.

Se trata de un hombre que trabajó desde enero de 1978 sin ser registrado formalmente. Trabajaba de lunes a domingos de 8 a 20 como caddie en Jockey Club. Además, limpiaba las canchas e instalaciones del club y daba clases. En consecuencia, la Justicia condenó a la entidad rosarina y embargó las cuentas bancarias a la demandada por más de $40.000.000.

Según explicó el hombre, intimó a la registración en enero del 2021. Ante la negativa de la institución, dispuso su despido indirecto con imputación de justa causa. La demandada, en tanto, negó los hechos y desconoció los documentos presentados. Asimismo, aseveró que el hombre no había sido empleado del club.

La resolución

Por su parte, el juez laboral Fabián Vega señaló en su resolución: “La pregunta que me hago es ¿cuál sería la finalidad del club de permitir el trabajo de personas que no son empleados suyos en sus instalaciones sino la de obtener en forma más o menos indirecta un beneficio?”. Y añadió que “siendo que la demandada se beneficiaba con la prestación de servicios del caddie, necesaria para la práctica del golf (excepto para quienes tengan su carrito) su puesta a disposición se encontraba inserta en una organización empresaria (la del Club) que le resultaba ajena y destinada solamente a favorecer el desarrollo de la actividad de aquella, lo que me permite concluir que existió un contrato de trabajo en los términos del artículo 21 de la Ley de Contrato de Trabajo con sus notas distintivas“.

“Basta corroborar la propia prestación de servicios en beneficio ajeno para que tal precepto desencadene efectos sobre el caso sin que pueda resultar exigible. Además, la demostración de que esos servicios tuvieron lugar precisamente por cuenta y orden de ese tercero propósito de una relación de trabajo asalariado”.

Consecuentemente, Vega hizo lugar a: indemnización por despido; indemnización por preaviso omitido y su SAC; remuneración febrero 2021 e integración del mes despido -sin SAC por no ser rubro devengado-; SAC y vacaciones proporcionales 2021; vacaciones 2020 y SAC 2019 y 2020; sanción ley 25.323 (arts. 1 y 2); indemnización doblada DNU 34/19 conforme la fecha de su vigencia al momento del despido; sanción artículo 80 de la Ley de Contrato de Trabajo; multa art. 8 ley 24.013 y su duplicidad; sanción artículo 2 ley 25.323; obligación de dar certificación (artículo 80) dentro del término de 5 días bajo sanción de astreintes ($ 2.000) diarios hasta 180 días corridos.

Leer más
RLC Noticias de Rosario la ciudad

Comentarios