El Gobierno cambió la reglamentación de Acceso a la Información Pública

El Gobierno de Javier Milei, a través del Decreto 780/2024, introdujo modificaciones en la Ley de Acceso a la Información Pública, limitando ciertos datos privados.

Foto: Viviana Dirolli

El Gobierno de Javier Milei realizó cambios significativos en la reglamentación de la Ley de Acceso a la Información Pública, con el objetivo de reforzar la protección de datos privados y redefinir los alcances de lo que se considera información pública. A través del Decreto 780/2024, publicado este lunes en el Boletín Oficial, se establecieron nuevas directrices que impactan directamente en la interpretación y aplicación de la Ley N° 27.275.

¿Qué es la información pública?

Uno de los cambios más importantes es la redefinición del concepto de “información pública”. Según el nuevo marco reglamentario, no se considerará información pública aquella que contenga datos de carácter privado generados o controlados por personas o entidades privadas, o cuando no exista un interés público comprometido. Este cambio introduce una limitación al acceso a datos que, bajo la reglamentación anterior, podían ser considerados públicos.

Además, la definición de “documento” también fue modificada. Ahora, solo se considerarán documentos públicos aquellos registros generados, controlados o custodiados en el contexto de la actividad estatal. Las deliberaciones preparatorias, papeles de trabajo y exámenes preliminares quedan excluidos de esta categoría, lo que reduce el alcance de la información accesible por la ciudadanía.

Pedir acceso

En cuanto al procedimiento para solicitar acceso a la información, el decreto establece nuevos requisitos. Las personas físicas deberán presentar nombre, apellido, documento de identidad, domicilio y correo electrónico. Las personas jurídicas deberán incluir razón social, C.U.I.T., y la identificación del representante, junto con el poder legal vigente.

El artículo 8, relativo a las excepciones, fue ajustado para proteger datos sensibles. Estos son los que permiten identificar rutinas o ubicaciones de una persona, o que pudieran causar perjuicios si fueran divulgados. También entran en esta categoría los relacionados con denuncias o investigaciones en curso. Sin embargo, estas excepciones no se aplicarán en casos de graves violaciones a los derechos humanos, genocidio, crímenes de guerra o delitos de lesa humanidad.

Además, crearon un registro en la plataforma de acceso a la información pública, diseñado para identificar a los solicitantes y agilizar las respuestas. La Agencia de Acceso a la Información Pública se encargará de gestionar estas solicitudes, considerando aquellas que puedan generar un uso excesivo de los recursos administrativos o que constituyan un abuso del derecho de acceso a la información.

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