AFIP actualizó los plazos de vencimiento de Bienes Personales, y coinciden con las etapas del blanqueo impulsado por el Gobierno. Los contribuyentes podrán utilizar anticipos de 2023 como pago.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció modificaciones en el vencimiento y las condiciones para el ingreso al Régimen Especial de Ingreso del Impuesto a los Bienes Personales (REIBP). Ahora, los vencimientos de este régimen coincidirán con las tres etapas del blanqueo de bienes que impulsa el Gobierno. Además, se permitirá a los contribuyentes utilizar los anticipos de 2023 y saldos a favor para cubrir hasta el 75% del pago inicial.
El organismo, dirigido por Florencia Misrahi, informó la extensión del plazo original de vencimiento, que estaba previsto para este jueves, al tiempo que aclaró que quienes aún no hayan definido su adhesión al plan de exteriorización de bienes podrán beneficiarse de esta medida. “La AFIP avanza en la simplificación del procedimiento para acceder al REIBP”, destacaron desde la entidad.
Nuevas condiciones
Con la publicación de la Resolución General 5570/2024 en el Boletín Oficial, se agilizan los trámites necesarios para acogerse al pago anticipado del Impuesto sobre los Bienes Personales, enmarcado en la Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes. Entre las principales novedades, se habilita la posibilidad de descontar anticipos, retenciones, percepciones y saldos a favor de libre disponibilidad de cualquier impuesto, lo que ayudará a determinar el pago inicial para los bienes no regularizados en el REIBP.
Por otra parte, el nuevo vencimiento para adherirse al REIBP por bienes exteriorizados en el marco del régimen de regularización de activos coincidirá con las fechas límite de las tres etapas del blanqueo. Esto permitirá a los contribuyentes tributar de manera unificada por todos los períodos fiscales hasta el 31 de diciembre de 2027.
Fechas y alícuotas del blanqueo y el REIBP
La primera etapa del blanqueo se extiende hasta el 30 de septiembre de 2024, con una alícuota del 5% sobre el excedente de US$ 100.000. La segunda etapa, que finaliza el 31 de diciembre de 2024, aumenta la alícuota al 10%. Finalmente, la tercera etapa, hasta el 31 de marzo de 2025, establecerá una alícuota del 15%.
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