Economía ordena a la AFIP reabrir el Régimen Especial de Bienes Personales: extienden el plazo

El Ministerio de Economía instruyó a la AFIP para permitir la adhesión al Régimen Especial de Impuesto sobre los Bienes Personales hasta fin de mes. La medida busca que quienes no completaron el trámite puedan regularizar su situación.

Foto: CPCE Santa Fe

El Ministerio de Economía reabrió el Régimen Especial de Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP), tras emitir la Resolución 1073/2024. La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) deberá habilitar nuevamente la adhesión al régimen para aquellos contribuyentes que no lograron completar el proceso antes del 30 de septiembre. Esta medida incluye tanto a quienes realizaron el pago anticipado del impuesto como a aquellos que presentaron su declaración jurada incompleta o fuera de plazo.

Con esta decisión, se extiende la fecha límite para regularizar la situación hasta el 31 de octubre. Esta prórroga es clave para quienes manifestaron su intención de adherirse al régimen pero no lograron cumplir con todas las obligaciones a tiempo. “Un número significativo de contribuyentes manifestaron la opción de adherir al REIBP, pero no pudieron completar ese trámite”, indicó el Ministerio en su resolución.

Oportunidades para los contribuyentes

La reapertura del régimen especial se enmarca dentro del paquete fiscal recientemente aprobado por la Cámara de Diputados. La medida también está alineada con la extensión de la primera etapa del blanqueo, que permite regularizar bienes no declarados. Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, explicó que muchos contribuyentes quedaron fuera del REIBP debido a diferentes motivos. “En la práctica, muchos optaron por el REIBP, realizaron el pago anticipado o no lo hicieron, y no cumplieron con el pago del saldo o la presentación de la declaración jurada”, señaló.

La resolución permitirá que aquellos contribuyentes que no lograron cumplir con el pago del saldo, la presentación de la declaración jurada o el pago anticipado, puedan hacerlo antes del 31 de octubre. Asimismo, quienes no optaron por el REIBP pero presentaron la declaración del Impuesto sobre los Bienes Personales con impuesto determinado, también tendrán una nueva oportunidad para adherirse.

Pendiente de una resolución final

Domínguez aclaró que será necesario esperar la Resolución General de la AFIP, o de la anunciada Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), para conocer los detalles específicos sobre esta reapertura. El especialista enfatizó que los contribuyentes que no presentaron la declaración jurada del Impuesto sobre los Bienes Personales del 2023 con impuesto determinado, quedarán definitivamente excluidos del régimen.

Por último, destacó que “no se producen cambios para aquellos que no adhirieron al REIBP porque no cumplían con el requisito de que el Impuesto sobre los Bienes Personales del 2023 arrojara impuesto determinado”. Para estos contribuyentes, la opción de blanquear bienes sigue vigente, permitiéndoles obtener los beneficios sobre la totalidad de sus activos, tanto declarados como regularizados.

NOTA RELACIONADA

RLC Noticias de Rosario la ciudad

Comentarios