AFIP controlará las transferencias a billeteras virtuales a partir de cierto monto

Desde este mes, AFIP controla las transferencias realizadas desde cuentas bancarias a billeteras virtuales, con un piso desde el cual será necesario proporcionar información al ente fiscal.

Fotoi: Crónica

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) puso en marcha una nueva normativa que incrementa el control sobre las transferencias de dinero entre cuentas bancarias y billeteras virtuales a partir de este mes de septiembre. Esta medida tiene como principal objetivo combatir la evasión fiscal y el lavado de dinero, y establece umbrales específicos a partir de los cuales los usuarios deberán cumplir con nuevas obligaciones informativas.

Los montos

Según la reglamentación, cuando los ingresos o egresos mensuales de una billetera virtual alcancen o superen los $400.000, la AFIP podrá solicitar al titular de la cuenta una declaración de datos personales. Para montos superiores a $1.400.000, la normativa requiere además informar el tipo de transferencia, la Clave Bancaria Uniforme (CBU) o Clave Virtual Uniforme (CVU) asociada, y el importe exacto de la operación.

La información requerida en estos casos incluirá detalles como el tipo y número de cuenta, la CVU involucrada y la identificación de las partes que participan en la transacción. Este procedimiento tiene como finalidad garantizar la legalidad de los fondos manejados y asegurar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

La normativa afecta a todas las billeteras virtuales registradas en Argentina, entre ellas Mercado Pago, MODO, Ualá, y Cuenta DNI, entre otras. Sin embargo, las entidades financieras y los agentes de liquidación y compensación están exentos de estas exigencias, por lo que las transferencias entre cuentas bancarias no estarán sujetas a los mismos controles.

Cambios y motivos

La AFIP informa que esta medida forma parte de un esfuerzo más amplio por modernizar y mejorar la eficiencia de los mecanismos de control fiscal en el país. Desde 2019, las billeteras virtuales ya debían reportar movimientos y saldos cuando se superaban ciertos montos, pero la actualización de los límites refleja una mayor rigurosidad en el seguimiento de las transacciones digitales, que vieron un crecimiento exponencial en los últimos años.

En caso de que un usuario no cumpla con los nuevos requerimientos, la AFIP podrá iniciar un proceso de fiscalización, que podría incluir verificaciones, inspecciones o incluso la emisión de un Reporte de Operación Sospechosa (ROS). Además, los montos establecidos en la normativa no son definitivos, ya que se contempla una actualización semestral basada en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC, lo que significa que los límites de $400.000 y $1.400.000 podrían ajustarse según la inflación y otros factores económicos.

NOTA RELACIONADA

RLC Noticias de Rosario la ciudad

Comentarios