La AFIP ha dado carácter oficial a esta medida mediante la publicación de una resolución en el Boletín Oficial el pasado lunes.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha oficializado la prórroga del plazo para efectuar la recategorización del monotributo correspondiente al semestre enero/julio 2023.
Esta extensión, regida por la resolución general 5392/2023, ha sido publicada en el Boletín Oficial el pasado lunes.
El proceso de recategorización se lleva a cabo dos veces al año, en enero y julio, y requiere una evaluación de los últimos 12 meses en relación a la facturación u otros parámetros como la superficie afectada, alquileres devengados anualmente o consumo de energía eléctrica.
El pago correspondiente a la nueva categoría debe realizarse en el mes siguiente a la recategorización, según lo detallado por la AFIP en un comunicado.
La dependencia oficial ha recordado que para llevar a cabo este trámite es necesario acceder al sitio web del organismo utilizando la clave fiscal.
Es importante destacar que, en caso de no realizar el procedimiento de recategorización, se considerará que no ha habido cambios y se mantendrá la misma categoría anterior.
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