Inquilinos de Rosario se movilizarán contra el DNU de Milei

Tendrá lugar este miércoles a partir de las 20 en la Plaza Pringles. Entienden que, con la derogación de la ley de alquileres, los inquilinos pierden derechos.

Este miércoles tendrá lugar un “ruidazo” contra el DNU de Javier Milei. Organizado por Inquilinos Agrupados Rosario, será en Plaza Pringles (Paraguay y Córdoba) a partir de las 20. De acuerdo al referente de la agrupación Sebastián Artola, este decreto “es la legalización de la ley de la selva y del vale todo”.

Artola, responsable también de la Federación de Inquilinos Nacional en la provincia, entiende que “los contratos van a poder hacer por el plazo que el mercado quiera, con el valor que las inmobiliarias y los rentistas quieran y con aumentos cada lo que quieran“, dijo.

Asimismo, aseguró que “el inquilino se queda sin ningún derecho”. En tal sentido, aseguró que “tenemos que frenarlo en la calle, siendo cada vez más los que nos movilizamos. En el Congreso exigiendo a los diputados y senadores de las dos cámaras que lo rechacen. También en el Poder Judicial con los recursos de amparo que declaren su inconstitucionalidad”, destacó Artola.

Según el referente de Inquilinos Agrupados Rosario, “el DNU es ilegal y anticonstitucional por donde se lo mire”. “Se pretende reformar el Código Civil y Comercial de un plumazo y sin pasar por el Congreso”.

Vía @InquilinosR en X

Principales cambios a partir de la derogación de la Ley

El DNU 70/2023 derogó la Ley de Alquileres que regulaba el mercado con condiciones para los contratos desde julio de 2020. Establecía duración de tres años y una actualización semestral basada en la fórmula Hogar, misma que se utiliza para los créditos Procrear.

Además, el decreto presenta cambios en el Código Civil. Establece que, a partir de ahora, el plazo de los contratos será acordado por las partes, sin un mínimo legal. En caso de no especificarse, será de dos años. Las partes, entonces, pueden pactar el ajuste del valor del alquiler, utilizando cualquier índice público o privado.

Los contratos, asimismo, pueden realizarse en pesos o moneda extranjera. No obstante, el inquilino no podrá exigir una moneda diferente a la pactada en el contrato. Otro cambio es que las partes determinarán las cantidades y la moneda de las fianzas o depósitos de garantías, así como la devolución. Ya no será necesario, asimismo, inscribir contratos de alquiler en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

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