Inflación, índice frenado y qué puede pasar con créditos y alquileres

La decisión del Gobierno nacional de frenar la actualización del índice de inflación abrió un frente de incertidumbre para quienes tienen créditos ajustados por CER, contratos de alquiler indexados y tenencias de bonos atados al índice de precios.

Según la medición vigente, la inflación de diciembre fue de 2,9%. Sin embargo, el ministro de Economía, Luis Caputo, decidió rechazar la actualización metodológica del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborada por el INDEC. Esa resolución dejó en suspenso el uso del nuevo cálculo y encendió alarmas sobre el impacto en contratos atados al índice oficial.

Qué significa congelar la nueva metodología del IPC

La actualización metodológica del IPC buscaba adaptar la canasta de consumo y ponderaciones a los cambios recientes en el gasto de los hogares. En la práctica, un cambio así puede modificar la velocidad a la que se mide la suba de precios. Si el Gobierno mantiene la metodología anterior, se preserva el cálculo actual, pero también se abre el debate sobre si el índice refleja con precisión la pérdida de poder adquisitivo.

Distintos especialistas en derecho del consumidor y finanzas consultados señalan que el punto central no es sólo el número de inflación, sino la seguridad jurídica de los contratos que usan al IPC como referencia. Cualquier sospecha de manipulación o atraso del índice puede derivar en planteos administrativos y, eventualmente, acciones judiciales.

Créditos hipotecarios y UVA: foco de posibles reclamos

En Argentina, una parte de los créditos hipotecarios y personales se encuentra nominada en UVA o ajustada por CER, dos coeficientes que siguen de cerca la evolución del IPC. Si el índice se mantuviera artificialmente bajo, los bancos podrían argumentar que el capital adeudado crece menos; pero los deudores, a la inversa, podrían reclamar si consideran que la inflación real es mayor y el ajuste no refleja el deterioro de sus ingresos.

Abogados especializados recuerdan que la clave está en lo pactado en cada contrato. En general, si el acuerdo menciona al IPC oficial publicado por el INDEC, el índice aplicable seguirá siendo el vigente, salvo que la Justicia entienda que hay violación de principios de buena fe, transparencia o normas de defensa del consumidor.

Alquileres indexados: qué pueden hacer inquilinos y propietarios

Tras la derogación de la Ley de Alquileres, muchos contratos pasaron a acuerdos privados con actualizaciones periódicas que toman como referencia la inflación, el dólar o combinaciones de índices. En los casos en que se haya elegido el IPC, la postergación del nuevo cálculo puede derivar en renegociaciones, sobre todo en contextos de alta nominalidad.

Si una de las partes entiende que el índice de referencia ya no refleja la realidad económica, puede intentar una revisión por vía extrajudicial. Sólo si no hay acuerdo podría evaluarse un reclamo judicial, aunque los expertos advierten que la Justicia suele respetar lo pactado salvo situaciones de abuso evidente o cambios extraordinarios que tornen el contrato excesivamente gravoso.

Bonos CER e inversores: impacto en el mercado financiero

Los bonos CER que emite el Estado nacional también ajustan su capital en función de la inflación. Para los inversores, cualquier señal de intervención política sobre la medición del índice agrega riesgo y puede traducirse en menor demanda, suba de tasas o caída de precios de esos títulos.

En este contexto, los analistas remarcan que la consistencia de la política estadística es un componente clave de la credibilidad macroeconómica. Dudas sobre el IPC no sólo afectan a los tenedores de bonos, sino también al resto de las variables que dependen de la inflación esperada, como paritarias, tarifas reguladas y proyecciones de déficit fiscal.

¿Hay margen real para demandas judiciales?

Los especialistas coinciden en que no existe una respuesta única. En principio, el Gobierno está habilitado a definir la metodología del IPC, siempre que lo haga de forma transparente y técnica. Sin embargo, si se comprobara una manipulación deliberada destinada a perjudicar a un sector específico, podrían prosperar acciones judiciales basadas en la violación de derechos adquiridos o de la ley de defensa del consumidor.

Por ahora, el escenario más probable es el de una creciente litigiosidad individual: deudores, inquilinos o inversores que, ante aumentos que consideran injustos o índices que juzgan poco creíbles, busquen respaldo en la Justicia. En ese marco, abogados recomiendan conservar toda la documentación de los contratos y seguir de cerca las resoluciones oficiales y las publicaciones del INDEC.

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