El presidente Javier Milei firmó el decreto que restituye la cuarta categoría del Impuesto a las Ganancias, con nuevos montos y modificaciones. Los cambios se verán reflejados en los sueldos de agosto.
El presidente Javier Milei firmó el pasado viernes el decreto que reglamenta el Impuesto a las Ganancias. Hoy lunes se publicó oficialmente en el Boletín Oficial. A partir de su publicación, la cuarta categoría del tributo, aprobada a finales de junio como parte del paquete fiscal tratado en el Congreso, volverá a estar vigente desde este martes.
Mínimos y nuevos trubutos
Con base en las negociaciones con la oposición, se estableció que el mínimo no imponible se fijará en $1,8 millones brutos para solteros, aproximadamente $1,5 millones netos. Para personas con dos hijos será de $2,2 millones brutos, unos $1,95 millones netos. Anteriormente, el mínimo no imponible equivalía a 15 salarios mínimos ($234.315,12), lo que representaba $3,5 millones brutos desde julio.
Así, el Impuesto a las Ganancias comenzará a regir en julio, reflejándose en los sueldos que los trabajadores percibirán en los primeros días de agosto. Esta medida afectará a aproximadamente un millón de personas que hasta ahora estaban exentas del tributo. Las alícuotas aplicables oscilarán entre el 5% y el 35%.
Nuevos valores
Los nuevos valores del impuesto variarán desde aproximadamente $3.000 mensuales hasta $60.000 mensuales para aquellos que hoy estaban exentos. Para quienes ganan más de $2,5 millones brutos, los pagos superarán los $100.000 mensuales. Los pagos adicionales recibidos por los trabajadores, como horas extras, aguinaldo, viáticos de larga distancia (camioneros) y zona patagónica, estarán incluidos en el cálculo del impuesto.
La actualización del mínimo no imponible se realizará de forma trimestral durante el 2024 y luego de manera semestral, basándose en el Índice de Precios al Consumidor (IPC).
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