Se trata de Martín Bustos. Está acusado de contactar a través de WhatsApp a futbolistas juveniles para ofrecerles servicios de masajes.
El ex árbitro Martín Bustos comenzó a ser juzgado por el delito de grooming. Consiste en contactarse con menores de edad a través de dispositivos electrónicos con la intención de abusarlos sexualmente. La investigación determinó que las víctimas eran jugadores de las inferiores de Newell’s.
La fiscal Luciana Vallarella de la Unidad de Delitos Contra la Integridad Sexual solicitó que sea condenado a una pena de cuatro años de prisión. Fue en el marco de la primera jornada de debate que se realiza en la sala 10 del Centro de Justicia Penal.
Vallarella le atribuyó a Bustos ser el autor del delito en dos casos con menores de edad. Señalí, además, que se contactó por WhatsApp presentándose con un nombre falso. Decía ser un masajista deportivo. En esa conversación le ofreció una sesión de masajes por 200 pesos y le pidió que contactara a compañeros suyos.
Según la fiscal, el ex árbitro sugirió encontrarse fuera de la pensión de Newell’s, donde vivía en chico en aquel momento. Bustos se encargaría de buscar un lugar para la sesión y le insistió para que mintiera en el club.
¿Qué es el grooming?
Se trata del acoso sexual de una persona adulta a una niña, un niño o un adolescente por medio de internet. Las personas que realizan grooming se llaman groomers o acosadores.
En el año 2013 fue incorporado como delito al Código Penal. El artículo 131 establece una pena de prisión de 6 meses a 4 años.
Artículo 131: “Será penado con prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma.”