Federico Molinari irá a juicio oral y público por grooming. El exgimnasta olímpico está acusado de acoso sexual infantil a través de medios digitales.

Federico Molinari enfrentará un juicio oral y público por grooming, acoso sexual infantil a través de medios digitales. La decisión la tomó el Juzgado de Garantías N.°5 de Tigre. El exgimnasta olímpico y entrenador fue denunciado por una adolescente de Mendoza en marzo de 2023, quien en aquel entonces tenía dieciséis años.
Tras la denuncia, el caso fue investigado por la Fiscalía Especializada en Delitos contra la Explotación Sexual Infantil y la Trata de Personas del Departamento Judicial de San Isidro. En abril de este año, el fiscal Gonzalo Acosta solicitó la elevación a juicio tras considerar que existen elementos suficientes para avanzar con la acción penal. Esto, en el marco del artículo 131 del Código Penal, que sanciona la captación de menores por medios digitales con fines sexuales.
Federico Molinari irá a juicio oral por grooming
Molinari fue llamado a declarar como imputado en diciembre del año pasado. La fiscalía sostuvo que no logró refutar las pruebas presentadas en su contra, motivo por el cual se mantuvo la acusación y se solicitó el juicio oral. Posteriormente, la semana pasada el juez de la causa concluyó que el material probatorio reunido permite sostener que el hecho existió y encuadra dentro del delito imputado.
Consecuentemente, en los próximos días el expediente será sorteado para definir qué juzgado correccional llevará adelante el juicio oral y público.
Sobre el grooming y la legislación en Argentina
El grooming es el acoso sexual de una persona adulta a una niña, un niño o un adolescente por medio de internet. En este sentido, las personas que lo realizan se llaman groomers o acosadores. Sancionada en noviembre del 2013, la Ley 26.904 (artículo 131), sanciona el grooming como un delito penal. Además, en el año 2018 establecieron el 13 de noviembre como el Día Nacional de la Lucha Contra el Grooming.
“Será penado con prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma”, sostiene la ley.
Asimismo, en el 2020 se sancionó la Ley “Mica Ortega”, número 27.590. El objetivo es prevenir el grooming. Fue en el marco del Programa Nacional de Prevención y Concientización del Grooming o Ciberacoso contra Niñas, Niños y Adolescentes.


