Estaciones de servicio deberán informar a surtidores si cobran tasas municipales

El Gobierno resolvió que las estaciones de servicio que apliquen tasas municipales deberán informarlo en surtidores. Fue a través de la Resolución 259/2024.

Foto: El Diario Ar

A través de la Resolución 259/2024, el Gobierno resolvió que las estaciones de servicios que cobren tasas municipales deberán informarlo en surtidores. Esto tiene lugar luego de impedir que los municipios cobren impuestos a través de facturas de servicios públicos.

Publicada en el Boletín Oficial por la Secretaría de Energía, la intención de la medida es “facilitar a los consumidores el acceso a dicha información”. Para eso, los operadores “que comercialicen combustibles para vehículos autopropulsados en jurisdicciones cuyos municipios apliquen tasas viales y/o municipales sobre el precio de los combustibles sean líquidos y/o gaseosos, deberán exhibir una leyenda en un lugar visible” en cada boca de expendio.

Estaciones de servicio deberán informar si cobran tasas municipales: cómo deberá ser la leyenda en los surtidores

La calcomanía deberá tener treinta centímetros por veintiuno, aproximadamente. Asimismo, deberá indicar: “En esta jurisdicción se aplican tasas viales y/o municipales sobre el precio de los combustibles. Para más información, podrá consultar la página web de la Secretaría de Energía”. Tendrá que tener el diseño y los parámetros establecidos en la Resolución, pero los colores podrán ser definidos por cada empresa. Mientras que en las boca de expendio “que no representan a marca o bandera determinada, serán de color amarillo”, precisó la normativa.

Los considerandos de la Resolución precisan que la aplicación de estas tasas municipales conlleva aumento de los precios de los combustibles. Ante esto, la Secretaría de Energía concluyó que los consumidores deben tener “acceso a información cierta, clara y detallada sobre los precios -netos de tributos- de los combustibles”.

La palabra de Luis Caputo

El ministro de Economía Luis Caputo se refirió a la normativa a través de su cuenta de X, donde resaltó que se trata de una “batalla por la transparencia”.

Vale destacar que el funcionario dio a conocer que “se otorga un plazo de adecuación de 120 días, a partir de la entrada en vigencia de la resolución, para que los sujetos obligados adapten sus instalaciones conforme a lo que está dispuesto”. Asimismo, informó que “el incumplimiento de esta medida implica sanciones económicas y/o apercibimientos para las estaciones de servicio”.

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