Los candidatos deberán guardar silencio hasta pasado el cierre de los comicios el domingo. Se suspende la publicidad y la difusión de encuestas. Desde el sábado a las 20 h. no se podrá vender bebidas alcohólicas.
Este domingo 22 son las elecciones generales a nivel nacional y desde esta mañana a las 8 h. ya corre la veda electoral. El Código Electoral Nacional establece una serie de regulaciones sobre lo que no puede hacerse días antes de los comicios.
¿Qué no se puede hacer?
Tanto los candidatos como los votantes tienen una serie de restricciones. Según el artículo 71 del Código Nacional Electoral no se puede:
- Realizar actos públicos de campaña y proselitismo electoral desde el viernes anterior a la votación.
- Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.
- Publicar y difundir encuestas o sondeos preelectorales desde el viernes.
- La venta de bebidas alcohólicas está prohibida desde las 20 del sábado hasta las 21 del domingo.
- Los espectáculos populares o reuniones públicas que se refieran al acto electoral.
- La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de 80 metros del lugar en el que se instalen las mesas de votación.
- Desde el sábado está prohibido portar armas, banderas, distintivos o insignias partidarias.
La veda electoral termina tres horas después de cerradas las urnas, es decir, a las 21 h. del domingo 22 de octubre.