Los cambios en la ley de etiquetado frontal fue publicada en el Boletín Oficial. También modificaron la forma de publicitar los productos
El Gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial dos disposiciones que aplican cambios en la ley de etiquetado frontal de los alimentos envasados. Se trata de la normativa que exige a las empresas de productos procesados a poner octógonos negros en su packaging. Esto es para advertir sobre los ingredientes de los productos. Los cambios en cuestión, según señalaron desde el Ejecutivo, apuntan a reducir regulaciones. Con esto se busca simplificar importaciones, y también flexibiliza la publicidad.
Uno de los cambios sobresalientes tiene que ver con que, a partir de ahora, los rótulos sólo informarán los ingredientes que se añaden para la elaboración de un alimento. Es decir, cuando los productores le incorporan azúcar, sodio o grasas. Además también hay modificaciones en materia de promoción y publicidad. Los mayores cambios se introducen en cuanto a los alimentos con un solo sello.
La nueva normativa explica que “no se considerará publicidad, promoción y/o patrocinio dirigido especialmente a niños y/o adolescentes cuando en la comunicación se encuentren, de manera enunciativa, pero no limitativa la presencia de niños y adolescentes. Así como elementos infantiles, mascotas, personajes de propiedad de la empresa o marcas registradas, entre otros. La presencia de estos elementos en una publicidad no determinará la franja etaria a la cual está dirigida la misma ya que se debe tener en cuenta el relato publicitario”.
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