El Concejo Municipal aprobó la ordenanza que declara al arbolado público como patrimonio natural y cultural de Rosario.

El Concejo Municipal aprobó la ordenanza que declara al arbolado público como patrimonio natural y cultural de Rosario. La iniciativa fue promovida por las entidades proteccionistas y brinda mayor protección a las especies verdes y además endurece las sanciones frente a podas o extracción de ejemplares sin autorización. Fue aprobada tras un año y medio de debate.
Esta nueva norma reemplaza a la vieja ordenanza de arbolado, sancionada en marzo de 1991. Su objetivo es “proteger, conservar, manejar y promover al arbolado urbano y periurbano de Rosario“. Para eso, pretende incrementar el número y la calidad “con puntual reconocimiento del rol protagónico que el mismo tiene para garantizar el derecho a un ambiente sano”, expresa el primer artículo.
En tal sentido, declara de interés público la promoción, conservación y manejo del arbolado público en el contexto climático global. También considera “patrimonio cultural y natural de la ciudad al arbolado público en espacios verdes, plazas, parques, paseos, reservas y áreas protegidas municipales”.
El proyecto fue presentado el concejal Agapito Blanco (Juntos por el Cambio) en abril del 2024 e impulsado por la ONG Protegiendo Nuestros Árboles con la adhesión de numerosas organizaciones. Tras meses de trabajo de la comisión de Ecología, el Concejo Municipal aprobó la propuesta el jueves de la semana pasada, en la última sesión ordinaria del año.
El arbolado público se convirtió en patrimonio natural y cultural en Rosario: sobre la ordenanza
La ordenanza reconoce la relevancia del arbolado de la ciudad y destaca las funciones que cumple. La Secretaría de Ambiente y Espacio Público de la Municipalidad es la encargada de proteger al patrimonio verde, elaborar el plan de gestión integral del arbolado público y una planificación anual que se remitirá al Concejo Municipal. También deberá realizar un censo cada diez años, con el registro con la cantidad georreferenciada de ejemplares existentes e información al respecto.
Asimismo, promueve la plantación de especies nativas en espacios públicos de la ciudad, incorporándolas progresivamente hasta alcanzar -dentro de cinco años- que la mitad de las especies utilizadas para la forestación sean nativas. Al mismo tiempo, establece que las tareas de poda deberán realizarse en base a la planificación y en función de la necesidad de intervención. Dicha tarea no podrá llevarse a cabo en fases críticas de movilización de reservas, como brotación, floración y caída de hojas.
Además, prohíbe a particulares o empresas efectuar cortes, despuntes, poda aérea o radicular extracciones o talas de ejemplares de arbolado público sin autorización del municipio. Lo mismo ocurre con el rellenado, revestimiento u hormigonado de los canteros o cazuelas. Vale mencionar que la extracción únicamente podrá realizarse con autorización municipal y en casos puntuales.
Incumplir la normativa generará multas previstas en el Código de Convivencia y obligará a realizar talleres de concientización o tareas de reparación ambiental. En el caso de obras en construcción, podrán proceder incluso a la clausura de los trabajos.



Comentarios