Según lo dispuesto en la Resolución General 5494/2024, el plazo para infrma Ganancias se extiende hasta el 30 de abril de 2024, inclusive.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció una ampliación del plazo para que los trabajadores informen a sus empleadores las deducciones anuales del Impuesto a las Ganancias del año 2023. Según lo dispuesto en la Resolución General 5494/2024, el plazo se extiende hasta el 30 de abril de 2024, inclusive.
La medida busca brindar seguridad jurídica respecto a la liquidación anual del Impuesto a las Ganancias del año 2023, especialmente debido a las modificaciones ocurridas durante el período fiscal. Estos cambios, derivados de diversos decretos del Poder Ejecutivo nacional, no tuvieron su reflejo en las disposiciones legales pertinentes, generando incertidumbre en el proceso de liquidación.
Un proyecto
El Gobierno presentó un proyecto ante el Congreso de la Nación para validar, con jerarquía de ley, las disposiciones provisorias dictadas por el Poder Ejecutivo durante el año 2023. Asimismo, se establece que la liquidación anual por parte de los empleadores se llevará a cabo durante el mes de mayo, con la devolución del impuesto retenido en exceso a los trabajadores hasta el 10 de junio de 2024.
Los empleadores deberán informar e ingresar el referido importe hasta las fechas de vencimiento establecidas para la presentación de la declaración jurada e ingreso del saldo resultante en el mes de junio de 2024, según lo establecido en el Sistema de Control de Retenciones (SICORE).