Luego de 13 días de haber dado a luz a su hijo, una empresa correntina desvinculó a la empleada sin causa alguna.
El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes ratificó un fallo que obliga a una empresa a pagar una “indemnización agravada” a una empleada luego de haberla despedido “bajo el único fundamento de la discriminación por maternidad, sin existir otra causa aparente”.
Según el comunicado oficial, el tribunal provincial avaló el fallo de primera y segunda instancia que condenó a Shonko S.A. a abonar lo estipulado en el artículo 182 de la Ley de Contrato de Trabajo.
En la resolución, se destaca que la empresa despidió a la mujer solo trece días después de haber dado a luz a su hijo, sin justificación suficiente. La empresa había argumentado una “reorganización del orden funcional” para tomar la decisión, pero no pudo demostrar su justificación.
En este sentido, se concluyó que “el despido se debió al embarazo y la mujer afectada, a quien se le exigió que demostrara que esa era la razón, presentó pruebas suficientes para suponer que fue esa y no otra cosa la causa” según los jueces de las tres instancias.
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