Cómo pedir la devolución del 30% del dólar tarjeta

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitó la devolución del 30% del dólar tarjeta. ¿Cómo pedirla?

Como cada año, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitó la devolución de percepciones del 30% por gastos en dólares con tarjetas de crédito o débito, conocido como “dólar tarjeta”. La devolución es a cuenta de los Impuestos a las Ganancias y Bienes Personales que se le aplican a las compras en el exterior.

Es importante mencionar que no hace falta haber viajado fuera de Argentina para percibir los impuestos. Esto se debe a que también se aplican a la compra de bienes o servicios vía tarjeta de crédito o débito en el exterior. Incluye servicios de streaming y compras en plataformas de comercio electrónico.

Cómo pedir la devolución del 30% del dólar tarjeta

El trámite para solicitar la devolución del 30% del dólar tarjeta se realiza totalmente de forma online. Los pasos a seguir son los siguientes:

  • Ingresar al sitio web de ARCA con CUIT y clave fiscal
  • Acceder al servicio “Devolución de percepciones”
  • Seleccionar el período fiscal 2025
  • Elegir la opción “Pago a Cuenta” y luego “Percepción por compras en el exterior – RG 4815”
  • Informar las percepciones correspondientes a consumos con tarjeta de crédito o débito, pasajes aéreos, servicios turísticos o plataformas digitales
  • Confirmar y finalizar la solicitud
  • Una vez presentado el pedido, el organismo analizará la situación fiscal del contribuyente y verificará si corresponde la devolución. En caso afirmativo, informará cuándo se acreditará el reintegro

Qué consumos permiten la devolución y cuáles no

Las percepciones del 30% del dolar tarjeta alcanzan:

  • Compras realizadas en el exterior
  • Pagos de servicios y suscripciones en dólares
  • Pasajes aéreos para viajar fuera de la Argentina
  • Servicios turísticos contratados mediante agencias de viajes, como paquetes o excursiones

En cambio, no puede realizarse el trámite por los siguientes productos:

  • Medicamentos
  • Libros físicos y digitales
  • Plataformas educativas y software con fines educativos
  • Transporte terrestre hacia países limítrofes
  • Gastos vinculados a proyectos de investigación de organismos estatales y universidades
  • Materiales y equipamiento adquiridos en el exterior para la lucha contra incendios y la protección civil, por entidades reconocidas por la Ley N.º 25.054
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