El objetivo es permitir que los contribuyentes tomen decisiones informadas sobre sus bienes personales y realicen las tareas necesarias.
El Gobierno extiendó el plazo para la repatriación de bienes personales en el exterior, otorgando más tiempo a los contribuyentes para cumplir con esta obligación fiscal. Según lo esteblece el Decreto 281/2024, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, la nueva fecha límite se extiende hasta el 30 de abril de 2024.
La medida ofrece a los responsables del impuesto sobre bienes personales y a los profesionales en Ciencias Económicas un plazo adicional para evaluar y llevar a cabo la repatriación de manera adecuada. El objetivo es permitir que los contribuyentes tomen decisiones informadas y realicen las tareas necesarias relacionadas con esta disposición.
Opiniones
Según Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, la repatriación implica el ingreso al país, hasta el 31 de marzo de cada año, de tenencias de moneda extranjera y los importes generados por la realización de activos financieros pertenecientes a residentes argentinos. Este proceso requiere que los contribuyentes ingresen al menos el 5% del valor total de sus bienes situados en el exterior al final de cada año calendario.
Una de las ventajas de repatriar estos fondos radica en la aplicación de alícuotas menores para los bienes en el país, en comparación con las alícuotas incrementadas establecidas para los bienes en el exterior. Sin embargo, para conservar este beneficio, los fondos repatriados deben permanecer depositados en una cuenta bancaria hasta el 31 de diciembre de 2024 o ser destinados a ciertas inversiones específicas.
Aunque los contribuyentes tienen la posibilidad de retirar los fondos repatriados antes de fin de año, hacerlo implica la pérdida de los beneficios fiscales asociados y la aplicación retroactiva de las alícuotas incrementadas, junto con sanciones e intereses.
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