Aumento del reintegro por compras con tarjeta de débito: nuevo tope, beneficiarios y productos

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha duplicado el monto máximo permitido por mes para el reintegro por compras con tarjeta de débito.

Además, se ha extendido el beneficio hasta el 31 de diciembre de este año. Esto significa que los beneficiarios podrán recibir un reintegro del 15% sobre sus compras realizadas con tarjeta de débito en determinados comercios.

La Resolución General N.º 5360 establece los nuevos topes mensuales de reintegro:

  • $4.056 por beneficiario.
  • $8.114 para aquellos que perciban dos o más beneficios.

Antes del 1 de julio, los reintegros máximos eran de $2.028 y $4.057, respectivamente.

El beneficio se aplica a los siguientes grupos:

  • Jubilados y pensionados que perciban el haber mínimo.
  • Titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación Universal por Embarazo (AUE).

El reintegro se acredita automáticamente cuando los beneficiarios realizan compras en comercios utilizando la tarjeta de débito asociada a la cuenta en la cual perciben sus prestaciones. Además, el beneficio también está disponible para las operaciones abonadas con tarjetas de débito bajo la modalidad de Pago Electrónico Inmediato (PEI) o códigos de respuesta rápida (QR).

La medida abarca a los productos que se comercializan en negocios dedicados a la venta al por menor y al por mayor, como mini, súper e hipermercados, siempre y cuando estén inscriptos ante la AFIP. También están incluidos los kioscos y farmacias, siempre y cuando el beneficiario abone con tarjeta de débito.

Es importante tener en cuenta que una vez alcanzado el tope mensual de reintegro, el beneficio deja de aplicarse hasta el próximo mes.

Es fundamental que la tarjeta de débito esté asociada a la cuenta bancaria del jubilado, pensionado o titular de asignaciones universales por hijo o embarazo. En caso contrario, aunque quien realice la compra sea titular de alguna de las asignaciones, no se podrá aplicar el reintegro. El monto a reintegrar se acreditará dentro de las 24 y 48 horas hábiles posteriores a la compra, dependiendo del horario en que se haya realizado, utilizando la tarjeta de débito donde la persona cobra la asignación, pensión o jubilación.

El horario de la compra también afecta el plazo de acreditación del reintegro:

  • Las compras realizadas entre las 00:00 horas y las 17:00 horas harán efectivo el reintegro dentro de las 24 horas hábiles de efectuada la compra.
  • Las compras realizadas después de las 17:00 horas obtendrán el reintegro dentro de las 48 horas hábiles después de realizada la compra.

Los beneficiarios que pueden acceder al reintegro del 15% son:

  • Personas que cobren la jubilación mínima.
  • Personas que perciban una pensión mínima por fallecimiento.
  • Beneficiarios de una pensión no contributiva nacional mínima (invalidez, vejez, madre de 7 o más hijos, entre otras).
  • Titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH).
  • Titulares de la Asignación Universal por Embarazo (AUE).

Si una persona recibe dos o más de los beneficios mencionados, accederá automáticamente al tope de reintegro de $8.114.

Están excluidos del beneficio los monotributistas, excepto aquellos adheridos al Régimen de Trabajador Promovido, monotributo social o al especial para pequeños productores agrarios de tabaco, caña de azúcar, yerba mate y té que se encuentren encuadrados en la categoría A. Tampoco pueden formar parte del programa quienes tributan el Impuesto sobre los Bienes Personales por otros bienes que no son vivienda única, aunque formen parte de alguna de las categorías mencionadas.

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