Reforma laboral: ARCA creó un registro para trabajadores independientes

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) avanza en la reforma laboral. Puso en marcha el Padrón de Trabajadores Independientes con Colaboradores (PADIC).

Foto: TN

Avanza la reforma laboral. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha el Padrón de Trabajadores Independientes con Colaboradores (PADIC), el cual permite la inscripción de emprendimientos que adopten el nuevo régimen unificado, establecido por la ley de Bases.

Se trata de un esquema de vinculación laboral, el cual se sustenta en una relación autónoma, sin dependencia entre las partes ni con los contratantes de servicios u obras y permite “hasta tres colaboradores por emprendimiento”. Proporcionará información detallada sobre los emprendimientos y sus miembros y establecerá un mecanismo para la declaración jurada que confirme el carácter independente de la relación laboral.

Publicada en el Boletín Oficial, la Resolución General 5.599/2024 sostiene que los colaboradores independientes podrán realizar actividades simultáneamente y mantener contratos de trabajo o prestación de servicios con diferentes contratantes al mismo tiempo.

Con esta medida, indica el texto oficial, el organismo dirigido por Florencia Misrachi se enmarca en “el proceso de modernización laboral previsto en la norma aprobada por el Congreso y reglamentada mediante el Decreto 847/2024.

ARCA creó un registro para trabajadores independiente: cómo anotarse

La inscripción deberá realizarse en el sitio web de ARCA antes de comenzar la actividad de los colaboradores. Debe utilizarse la opción “Agregar emprendimientos”, donde se deberán detallar el nombre comercial del emprendimiento, la fecha de inicio y finalización, domicilio, actividad y CUIT de los colaboradores.

Una vez hecho eso, tanto el trabajador independiente como sus colaboradores recibirán una notificación en su Domicilio Fiscal Electrónico. A partir de ese momento contarán con 72 horas para confirmar o rechazar la inclusión. Ambos deberán estar inscriptos en el régimen general de impuestos y en el sistema de seguridad social como trabajadores autónomos o adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (monotributo).

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