Se pidió una medida cautelar para que ANSES restablezca de inmediato el pago de los haberes hasta que haya una resolución definitiva en la causa.

La Cámara Federal de Rosario dejó sin efecto un fallo de primera instancia y ordenó de manera provisoria la restitución de la jubilación a una mujer. La beneficiaria había sufrido la suspensión del cobro pese a no haber permanecido más de 90 días fuera del país.
Con la asistencia del abogado Guillermo Genzler, la mujer interpuso una acción de amparo contra la decisión de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). El organismo había frenado el pago del haber previsional, situación que la afectada detectó en agosto de 2024 al presentarse en su entidad bancaria.
La demanda sostuvo que la suspensión se originó en un error al cargar los datos migratorios, lo que generó un registro incorrecto en el sistema. Ante esta situación, la actora pidió una medida cautelar que ordenara la reanudación inmediata del beneficio hasta que exista sentencia definitiva. Argumentó que el carácter alimentario de la prestación hacía imposible reparar el daño ocasionado por la interrupción.
Desde la Anses se indicó que la mujer había salido rumbo a Paraguay el 12 de julio de 2023, sin que constara su regreso al país. Según la ANSES, la solicitud del beneficio fue presentada el 23 de octubre de 2023, excediendo el plazo de 90 días fijado por la normativa.
Qué dice la normativa
El reglamento establece que quienes permanezcan fuera del país por más de 90 días continuos, durante los 12 meses previos a la aceptación del plan, no podrán acceder a la prestación del Plan de Pago Previsional.
La beneficiaria, sin embargo, demostró con pruebas documentales que permaneció en territorio argentino. Presentó las constancias de voto en las elecciones provinciales y nacionales celebradas en julio, agosto y septiembre de 2023.



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