ANSES dejará de retener el 20% de la Asignación Universal por Hijo

La ANSES dejará de retener el 20% de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y de la Asignación por Embarazo (AUE). Los detalles.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) dejará de retener el 20% de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y de la Asignación por Embarazo (AUE). Con esta modificación, el organismo previsional liquidará la totalidad de ambas asignaciones.

Esta medida fue oficializada a través de la Resolución 1170 del Ministerio de Capital Humano, publicada este jueves en el Boletín Oficial. El Gobierno explicó que la decisión “contribuye al fortalecimiento del sistema de protección social, reforzando la vinculación entre la política sanitaria y la política de ingresos”.

Hasta ahora, los beneficiarios debían presentar la Libreta AUH, la cual certifica los controles de salud, vacunación y escolaridad de los chicos. Una vez que se realizaba dicho trámite obligatorio, se liquidaba el monto acumulado a fin de año.

Según la normativa, el cumplimiento de los controles médicos, el calendario de vacunas y la asistencia escolar se verificarán de manera automática. Será mediante “el intercambio seguro de información entre el Ministerio de Salud y la Administración Nacional de la Seguridad Social”. Al respecto, se indica que “corresponde establecer la periodicidad mensual del pago del monto reservado de la AUH para Protección Social, en la medida que se verifique el cumplimiento de las condiciones”.

ANSES dejará de retener el 20% de la Asignación Universal por Hijo

De acuerdo a la Resolución, ANSES ya no aplicará la retención del 20% de la AUH. Como se mencionó, la liquidación total se dará siempre y cuando el Ministerio de Salud y el organismo previsional puedan verificar automáticamente el cumplimiento de vacunación, controles sanitarios y del ciclo escolar lectivo.

Los titulares de la AUE, por su parte, deberán cumplir con la finalización del embarazo mediante la partida o certificado de nacimiento, partida o certificado de defunción o certificado médico de interrupción del embarazo, según corresponda. Asimismo, deberán cumplir con los controles médicos de seguimiento.

“El derecho al cobro del 20% caducará automáticamente si no se acreditare el nacimiento, la defunción o la interrupción del embarazo, dentro de los doce meses de su ocurrencia”, explica la normativa.

Sobre la presentación de la Libreta AUH

La Libreta AUH es el documento que certifica los controles médicos, el calendario de vacunas y la asistencia escolar. A partir de ahora, su presentación ya no será obligatoria para todos los beneficiarios de la asignación. Esto quiere decir que ya no será necesario realizar el trámite para cobrar el 20% retenido durante el año.

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