El voto blanco no es punible, y en nuestro país presentarse a votar es obligatorio por lo que quienes no se presenten y no justifiquen, deberán pagar multas tanto económicas como administrativas.
El voto blanco es definido por la Cámara Nacional Electoral, como una herramienta con la que cuentan los electores para mostrar disconformidad con los candidatos.
Asimismo indica que hay tres formar de votar en blanco, una de ellas poniendo el sobre vacio, la otra que el sobre tenga un papel adentro de cualquier color y por último que contenga una boleta oficializada pero le falte el cuerpo correspondiente a una categoría.
¿Cuándo el voto es nulo?
Los votos serán considerados nulos si presentan alguna de las siguientes características:
- Se emiten mediante una boleta no oficializada, como boletas de elecciones anteriores o de otros distritos.
- Contienen objetos extraños dentro del sobre, como monedas o estampitas.
- Incluyen boletas oficializadas de distintas agrupaciones para un mismo cargo.
- Se presentan boletas oficializadas de distintas listas de una misma agrupación política para la misma categoría de cargos.
- Las boletas oficializadas están dañadas, defectuosas o presentan tachaduras que no permiten identificar el nombre del partido y la categoría de cargos a elegir.
- Las boletas oficializadas contienen inscripciones y/o leyendas de cualquier tipo, excepto en casos de tachaduras, agregados o sustituciones.
Cómo justificar la falta
Debés acercarte a la comisaría más cercana que tengas y pedir una certificación escrita que justifique la imposibilidad de votar.
Para presentarla en el Juzgado Federal de Competencia Electoral del distrito que corresponda o ante la Cámara Nacional Electoral tenés 60 días.
En caso de no hacerlo, se deberá abonar una multa.
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