El nuevo reglamento de Rosario para el arbolado público y las veredas

Este jueves, el Concejo aprobó un mensaje del Ejecutivo por el que se modifica el Reglamento de Edificación respecto de las relaciones con la vía pública, linderos e instalaciones provisorias.

En la sesión de este jueves, el Concejo Municipal aprobó un mensaje presentado por el Departamento Ejecutivo que modifica el Reglamento de Edificación en relación a varios aspectos, incluyendo las relaciones con la vía pública, los límites de propiedad, las instalaciones temporales, así como las veredas y el arbolado público.

Entre las modificaciones, se establecen los diferentes componentes de las veredas, como la zona de circulación, cazuela, cantero o cobertura vegetal, el arbolado público y las rampas. También se definen las tipologías y el ancho de las veredas, los tipos de baldosas, el color y la materialidad, y otros aspectos relacionados con las rampas.

Según lo establecido en la ordenanza, las veredas se construirán de color gris uniforme. Sin embargo, en casos especiales donde el color predominante en el entorno no coincida con el gris uniforme, se puede solicitar una autorización especial a la Secretaría de Planeamiento para optar por el color predominante.

En las áreas comprendidas en el Cordón Perimetral Norte y Noroeste, las veredas serán de color rojo, incluyendo el sector del bulevar Rondeau desde Sorrento hasta el límite del Municipio. Además, en la calle Corrientes (entre San Luis y Jujuy), será obligatorio el uso de baldosas de color rojo.

En cuanto a las veredas especiales, se deberá respetar el color determinado por la autoridad de aplicación para cada caso específico.

Es importante destacar que las veredas deben construirse utilizando materiales que sean firmes, estables, duraderos y resistentes, con propiedades antideslizantes y que no se alteren al contacto con agua u otros líquidos. Se deben utilizar únicamente las baldosas reglamentarias indicadas en la ordenanza.

Veredas jardín

El documento incorpora dentro de las nuevas disposiciones las veredas denominadas “jardín”, las cuales contarán con una “zona de circulación” pavimentada, con un ancho de 1.50 metros medido desde la Línea Municipal.

Además, se contemplarán las entradas peatonales y las rampas de acceso vehicular con los anchos establecidos por las regulaciones correspondientes, reservando el resto del espacio para suelo absorbente con cobertura vegetal.

Mobiliario para comercios

De igual manera, la nueva ordenanza establece que los permisos para la colocación de mobiliario removible (mesas, sillas, bancos, sombrillas y otros) se otorgarán para el sector delimitado por el espacio de circulación peatonal paralelo a la Línea Municipal y la valla de contención paralelo a la línea del cordón.

El mobiliario removible es admitido en las aceras que correspondan a establecimientos habilitados para el servicio de “Bar”, “Confiterías”, Restaurantes, “Comedores”, Pizzerías, “Heladerías” y/o Cafetería y negocios afines.

Sólo se permitirá colocación de mobiliario removible en las aceras cuando el ancho de éstas no sea inferior a los 2,70 metros. Por vía de excepción, la Secretaría de Planeamiento podrá autorizar dicho emplazamiento en veredas de un ancho menor al indicado precedentemente, siempre que se estime que tal instalación no dificulta el normal tránsito de peatones ni obstruye la perfecta visualización de vehículos.

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