La Cámara Federal avaló el DNU que reestructuró la SIDE

La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná confirmó la vigencia del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que modificó el esquema de la ex SIDE, hoy Agencia Federal de Inteligencia, y rechazó un planteo para frenarlo en la Justicia.

Edificio de la ex SIDE, actual Agencia Federal de Inteligencia

Imagen: Ámbito

Con esta decisión, el tribunal federal ratificó el fallo de primera instancia que había desestimado un hábeas corpus preventivo presentado contra los cambios introducidos en la Ley de Inteligencia Nacional a través del DNU firmado por el Poder Ejecutivo.

Los camaristas sostuvieron que la reestructuración del sistema de inteligencia no implica, en sí misma, una amenaza concreta a la libertad ambulatoria de las personas. En línea con el criterio del juez de primera instancia, remarcaron que el hábeas corpus exige un peligro cierto e inminente para su procedencia.

De este modo, el tribunal entendió que la mera posibilidad abstracta de un uso indebido de las facultades de inteligencia no habilita esta vía rápida y excepcional, y que las eventuales controversias sobre la constitucionalidad del DNU deben canalizarse por las acciones ordinarias correspondientes.

En el fallo se recordó que el hábeas corpus está pensado para responder con urgencia frente a detenciones ilegales, restricciones de movimiento o amenazas directas a esos derechos, y no para revisar de forma general reformas normativas de alcance institucional.

El DNU apuntado por la demanda reordenó funciones de la ex Secretaría de Inteligencia, hoy AFI, y redefinió aspectos del sistema nacional de inteligencia. Entre otros puntos, se actualizaron estructuras internas, criterios de coordinación con fuerzas de seguridad y alcances del secreto de las actividades.

Organismos de derechos humanos y especialistas en privacidad vienen advirtiendo sobre la necesidad de controles civiles y parlamentarios robustos sobre la inteligencia estatal, para evitar abusos, espionaje interno y vigilancia masiva sin orden judicial. Sin embargo, la Cámara remarcó que ese debate se debe dar en los canales institucionales previstos.

La Ley de Inteligencia Nacional, sancionada en 2001 y modificada en distintas oportunidades, establece que los organismos de inteligencia no pueden intervenir en conflictos políticos internos, ni realizar tareas de persecución ideológica o gremial. Especialistas alertan que toda reforma debe ser compatible con esos límites y con los estándares de derechos humanos.

La confirmación del rechazo al hábeas corpus no cierra el escenario judicial sobre el DNU. Distintos actores podrían impulsar nuevas demandas de inconstitucionalidad por vía ordinaria, donde se analizan con mayor detalle los alcances de la reforma y su ajuste a la Constitución.

En ese marco, la discusión de fondo gira en torno al equilibrio entre la necesidad de un sistema de inteligencia eficiente y la obligación del Estado de garantizar transparencia, control democrático y protección de datos personales. El fallo de Paraná se limita a señalar que ese debate no puede canalizarse mediante un hábeas corpus preventivo.

Mientras tanto, el DNU que reestructuró la ex SIDE sigue vigente, a la espera de eventuales resoluciones del Congreso o de la Corte Suprema que puedan revisar su alcance y su encuadre constitucional en el mediano plazo.

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