La Convención aprobó la reelección del gobernador y el vice

Durante una extensa sesión de la Convención Reformada de la Constitución de Santa Fe, se habilitó la reelección del gobernador y el vice.

Durante una extensa sesión de la Convención Reformadora de la Constitución de Santa Fe, los constituyentes aprobaron por mayoría la reelección del gobernador y el vice. De esta manera, la provincia dejará de ser una de las únicas dos -junto a Mendoza- que no habilitaba otro mandato consecutivo para dichos cargos.

Durante la jornada legislativa -que se extendió más de ocho horas-, se aprobaron las modificación de los artículos 64, 72, 98 y 73, relacionados al funcionamiento del Poder Ejecutivo.

Sobre la reelección para los cargos de gobernador y vice, el dictamen de mayoría de la comisión Redactora establece la posibilidad por un mandato consecutivo y el intervalo de un año para poder ser elegido nuevamente. El dictamen de disposiciones transitorias de mayoría indica que para gobernar, en este caso, Maximiliano Pullaro, y el vice, el actual mandato se toma como el primero.

La Convención aprobó la reelección del gobernador y el vice: sobre las atribuciones y juicio político

El artículo 72 actualiza las atribuciones que tiene el mandatario provincial. Mientras que el 98, indica quiénes pueden ser sometidos a juicio político. Estos son: gobernador, vice y sus sustitutos legales en el Ejecutivo. Asimismo, ministros, el fiscal del Estado, miembros de la Corte Suprema de Justicia, de los Tribunales de Cuentas y funcionarios que serán elegidos por acuerdo legislativo.

Finalmente, el artículo 73 incluye la figura del ministro que articule las relaciones con los otros poderes del Estado provincial.

El catolicismo dejará de ser la religión oficial de Santa Fe

En el marco de la reforma de la Constitución provincial, la modificación del artículo 3 obtuvo dictamen de mayoría de la Comisión de Declaraciones, Derechos y Garantías. De esta manera, el catolicismo dejará de ser la religión oficial de Santa Fe, que avanza hacia un Estado laico. Así, se asegura la distinción entre el Estado y la religión, es decir, entre el orden civil y el religioso.

No obstante, reconoce la relación entre el Estado y todas las iglesias y cultos “legalmente reconocidos”. Establece, asimismo, pautas para esa relación, que debe regirse por los principios de “autonomía, igualdad, no discriminación, cooperación y neutralidad”.

Según el tercer artículo de la máxima ley de la provincia, Santa Fe es católica, apostólica y romana. Indica que el Estado debe garantizarle a esta religión “su protección más decidida”, sin perjuicio de la libertad de los habitantes que tienen otras creencias.

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