El Gobierno simplificó el trámite para ser legítimo usuario de armas de fuego y avanza en la desregulación.

A través del Registro Nacional de Armas (RENAR), el Gobierno simplificó el trámite para ser legítimo usuario de armas de fuego. Autorizó la implementación del “CLU Digital”, un trámite nuevo que permitirá a los ciudadanos gestionar virtualmente la credencial de legítimo usuario de armas de fuego de uso civil, civil condicional y materiales de uso especial. Este trámite se gestionará de manera exclusiva en la plataforma “Mi Renar”.
La medida fue oficializada a través de la publicación de la Resolución 3/2025 en el Boletín Oficial. Lleva la firma del titular de la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC) Juan Pablo Allan.
El Gobierno simplificó el trámite para ser legítimo usuario de armas de fuego: de qué se trata
Los considerandos de la medida detallan que “el Estado viene desarrollando un proceso de simplificación administrativa”. Es en lo que respecta a la incorporación de nuevas plataformas tecnológicas que facilitan la vinculación y las transformaciones entre los distintos organismos que la componen, principalmente con los ciudadanos.
Según detallaron, el trámite en el CLU Digital deberá realizarse únicamente mediante la plataforma MiRenar o, eventualmente, por alguna que la reemplace.
Vale mencionar que la tasa a pagar para acceder al trámite será equivalente a la establecida para la dirigencia urgente de la credencial física, según el valor vigente en Unidades ANMAC. Se detalló también que las disposiciones previas que regulan la modalidad presencial seguirán vigentes para casos especiales o no contemplados en la vía digital.
Los requisitos que exige el CLU Digital
La nueva modalidad para obtener el Certificado de Legítimo Usuario (CLU) Digital establece una serie de requisitos obligatorios para quienes quieren iniciar el proceso. Estos son:
- Ser mayor de dieciocho años
- Tener nacionalidad argentina, por nacimiento o por opción
- Aprobar el examen psicofísico
- Acreditar conocimientos en el manejo de armas de fuego
- Demostrar ingresos o medios lícitos de vida
- Cumplir con las medidas de seguridad previstas en la Resolución 119/18
Asimismo, existen ciertas restricciones que impiden el inicio del trámite. No podrán acceder al nuevo trámite quienes:
- Esten inhabilitados o cuenten con trabas registrales
- Tengan una alerta activa en el SIFCOP (Sistema Federal de Comunicaciones Policiales)
- Sean extranjeros sin residencia permanente o temporaria
- Posean antecedentes penales
- No presenten la correspondiente declaración de aptitud emitida por su fuerza, en caso de pertenecer a fuerzas armadas, de seguridad o penitenciarias



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